El registro patronal es una obligación por la ley del Seguro Social (LSS) de seguridad social de los patrones con la finalidad de garantizar el derecho a:
•La salud
•Asistencia médica
•Servicios sociales para el bienestar individual y colectivo
Este registro tiene 11 caracteres y vincula directamente a la empresa con el IMSS para el pago de cuotas obrero-patronales y cualquier trámite que sea semejante con la institución.


El alta patronal ante el IMSS es un trámite clave tanto para el centro de trabajo como para sus colaboradores y éste te otorga los derechos laborales y beneficios de la seguridad social.
Como empleador al contar con tu registro patronal adquieres las siguientes obligaciones:
- Dar de alta a los trabajadores de tu empresa en el IMSS
- Pago de cuotas obrero-patronales IMSS/ RCV/ INFONAVIT
- Se calcula la prima de riesgo
Este registro es importante porque beneficia a ambas partes; a los trabajadores se les brinda el derecho a la seguridad social y la empresa se protege de cualquier riesgo o accidente.


La Ley del Seguro Social ha establecido nuevas obligaciones para las empresas en su artículo 15, algunas obligaciones son:
-Determinar cuotas obrero patronales que tengan bajo su cargo y reportar el importe al IMSS
-Cumplir con todas las disposiciones de la LSS
-Cumplir con las obligaciones que impone la ley en cuestión al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
¿Quiénes deben darse de alta en el registro patronal?
Todas las personas físicas y morales que tengan personas a su cargo, estas deben hacerlo cuando:
• Al momento de tener empleados a su cargo colaborando en su empresa.
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